Masaltos.com representará a España en el ‘Eurovisión’ de la Propiedad Intelectual

Organizaciones hay para todo y existe una llamada OMPI, que responde a la Organización Mundial de Propiedad Intelectual y cuya misión es proteger la propiedad intelectual para favorecer la innovación y la creatividad en beneficio de todos desde 1967 (además, este organismo depende directamente de Naciones Unidas).

“La defensa de la marca y de la propiedad intelectual es un asunto de enorme trascendencia para las empresas españolas, en particular para las empresas que hacemos comercio online y tenemos clientes en medio mundo”, comenta Antonio Fagundo, CEO de Masaltos.com. “Es farragoso y consume muchos recursos, pero cualquier empresa que valore su marca y quiera entrar en nuevos mercados debe conocer la importancia del registro de marcas y estar al día”.

La regulación internacional en materia de protección de marcas es compleja y difusa. La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) emite patentes que sólo valen para España, la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) emite patentes válidas para todos los estados de la Unión, mientras que la OMPI (con sede en Suiza) es un organismo que permite a una marca registrarse en distintos países con una sola solicitud, en lugar de hacerlo país por país. Esto la convierte en un organismo importante para quienes desean ampliar sus negocios en el extranjero y simultáneamente proteger sus derechos de propiedad intelectual (PI).

Masaltos.com y el caso Google

Masaltos.com lleva años litigando por la defensa de su marca y sufriendo las consecuencias del vacío legal que permite a determinados anunciantes posicionarse a su costa en Internet. Los grandes buscadores como Google mantienen y fomentan un sistema que permite a los anunciantes comprar nombres comerciales como palabras clave para sus campañas, mejorando así sus resultados en Internet y beneficiándose del activo intangible de otros. Ante el litigio planteado por Masaltos.com, el Tribunal Supremo emitió una sentencia en el 2016 que “limita extraordinariamente el uso de marcas ajenas y establece que será necesario analizarlo caso por caso”.

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