Bizum es la principal aplicación de pagos móviles e instantáneos en España. Con ella puedes transferir dinero de forma inmediata entre distintas cuentas, incluso de bancos diferentes, y ya se usa incluso para pagar tributos e impuestos en casi toda España. Según un informe de la propia empresa, en 2024 se llegó a casi 1.100 millones de transacciones, con un volumen asociado de más de 44.206 millones de euros, y un récord de 4,8 millones de Bizums en un solo día, el 29 de octubre.
Hasta ahora, el límite máximo de dinero que podía transferirse en una operación entre empresas y profesionales estaba en 10.000€. Esto cambiará en 2026, cuando entre en vigor el Real Decreto 253/2025, que modifica radicalmente la manera en la que Hacienda supervisa los pagos por Bizum.
¿Qué implica la nueva normativa?
A partir del 1 de enero de 2026, el nuevo Real Decreto eliminará el umbral mínimo de 10.000€ que obligaba a los bancos a informar a la Agencia Tributaria de las operaciones, y exige a los bancos que envíen al fisco todas las transferencias Bizum en las que participe una empresa o un trabajador por cuenta propia. Además, estos envíos de información dejan de ser anuales para pasar a ser mensuales.
El objetivo oficial es reforzar el control del fraude fiscal en pagos digitales, ya que el límite de 1.000€ en los pagos en efectivo hizo que muchas empresas y autónomos se subieran al carro del Bizum para movimientos superiores a esta cifra. Sin embargo, Ignacio Arráez, vicepresidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), considera que la eliminación de todo límite no es buena idea, y dice que “Hacienda podría estar excediéndose”.
Según Arráez, el propio artículo tercero de la Ley General Tributaria (LGT) establece que el sistema tributario se basa en evitar costes indirectos excesivos en operaciones formales, algo que podría estar vulnerándose “cuando se obliga a las entidades financieras a declarar cualquier operación, por pequeña que sea. La proporcionalidad que debe existir entre la lucha contra el fraude y los costes indirectos se rompe cuando es excesiva”.
¿Qué efecto tendrá esta ley en los comercios?
De todas formas, aunque es posible que la Agencia Tributaria termine limitando el detalle de cada transacción, los comercios harán bien en empezar a prepararse para cumplir con lo que será, sin duda, un flujo de información constante. Además, hay que tener en cuenta que esta medida tampoco tendrá el mismo impacto en unos negocios que en otros.
Grandes empresas y plataformas de e-commerce
La mayoría de grandes empresas, negocios y marketplaces de renombre disponen de sus propios departamentos fiscales, sistemas contables sólidos y cuentas de empresa separadas. Muchas de estas tiendas online y físicas, como Amazon o El Corte Inglés, ya ofrecen la posibilidad de pagar con Bizum como un método más, integrado entre muchos otros, y la facturación suele ser un trámite que llevan a cabo de forma muy ordenada.
Para este tipo de gigantes del e-commerce, la novedad será principalmente tecnológica, al ver cómo los bancos les reportan de forma automática operaciones menores que antes no trascendían tanto.
A estas empresas hay que añadir otros sectores que facturan por Internet, pero sin ser un marketplace, como es el caso de las plataformas de casinos online. Para estos operadores, Bizum lleva ya tiempo siendo un método de pago muy popular entre los jugadores, pese a que no permite retiradas.
El sector del iGaming está siempre bastante vigilado por Hacienda, aunque no parece que la nueva regulación les vaya a afectar de forma especial: los casinos online que aceptan Bizum seguirán tratando estos depósitos como cualquier otra operación comercial, solo que los bancos informarán de cada transacción al fisco.
Pequeños comercios y autónomos
Como es habitual con las ocurrencias de la Hacienda española, el pez pequeño es quien más complicado lo va a tener. Muchos autónomos utilizan la misma cuenta bancaria para sus negocios y para sus gastos personales. Con la nueva norma, los bancos deberán informar de todos los Bizums asociados a esa cuenta, lo que puede llevar a confusión e incluso a problemas y multas a la hora de tramitar la declaración.
Para evitar estos malentendidos, es posible que los pequeños comercios, los autónomos y las PYMES tengan que abrir una nueva cuenta únicamente para sus actividades profesionales.
Aunque el trámite en sí no supone demasiada dificultad, será necesario informar y formar a clientes, proveedores, empleados, etc., acerca del nuevo Bizum de la empresa, así como adaptarse a otro manejo contable. Por no hablar de los posibles costes administrativos resultantes de informar de miles de pequeñas transacciones cada mes.
¿Y los usuarios?
Para el consumidor de a pie, por suerte, la normativa no va a conllevar cambios en su experiencia de compra: podrán seguir pagando con Bizum (que recientemente se unía a otros métodos de pago digital europeos, como BANCOMAT, Vipps MobilePay o MB WAY/ SIBS para celebrar el día de Europa) como hasta ahora.
Si alguien se pregunta si Hacienda verá sus compras o transferencias personales, como podría ser la aportación para un regalo de cumpleaños en grupo, o la parte correspondiente de una cena en un restaurante, podéis estar tranquilos: el reglamento solo exige informar cuando una de las partes es empresa o autónomo. Los Bizums entre particulares no se verán afectados; lo que cambia es la trazabilidad comercial.
Tampoco parece probable que las tiendas en línea y otras empresas de e-commerce vayan a dejar de usar Bizum para sus transacciones con el cliente. Al fin y al cabo, se trata de un sistema muy rápido, sencillo y conveniente, sin comisiones, y lo normal es que, más allá de incorporar la obligación extra de informar de estas transacciones menores (que afectarán a unas empresas y otras en desigual medida), las adaptaciones que deban hacer estos negocios no serán excesivas.



