El Juez de la Corte Suprema de Milán en Italia, Giulia Dossi, dictaminó que los repartidores de la startup «no son falsos autónomos», reconociendo su independencia yvalidando de nuevo el modelo de negocio de la compañía. Según esta jurisprudencia, aplicada al caso, “no existe sometimiento del colaborador al poder directivo, organizativo y disciplinario de Glovo”.
Dicha sentencia especifica que “los colaboradores son libres de elegir los horarios que más les convienen sin que Glovo tenga ninguna implicación en la determinación sobre si tienen que reservar una franja horaria concreta, qué horas específicas reservar y cuándo reservarlas”. Este elemento, continúa el escrito, “representa un factor esencial de la autonomía organizativa, que se traduce en la libertad de establecer la cantidad y la colocación temporal de la prestación del trabajo, los días de trabajo y de descanso, así como su número. Se trata de un elemento incompatible con el vínculo de subordinación.”
En relación al sistema de puntuación de la plataforma, el Juez puntualiza que “este sistema no conlleva la aplicación de sanciones aflictivas o limitativas de los derechos del colaborador, sino que solo sirven para reorganizar la modalidad de coordinación para tener una gestión más eficiente de la actividad, que no pone en discusión la libertad del colaborador de elegir los días y horas de trabajo”. El fallo también señala que “en la fase de ejecución de la prestación del servicio tampoco puede observarse una sujeción a órdenes puntuales o directivas específicas de Glovo ni a su poder de control y/o sancionatorio”.
Desde Glovo sostienen que «el modelo de negocio de Glovo en España ya fue validado en junio 2016», tras superar una inspección de trabajo en Barcelona en relación con las ciudades en las que se operaba en ese momento, Barcelona, Madrid y Valencia, y que » de nuevo se ha procedido a su validación mediante una sentencia emitida por un Tribunal en Europa».
Marita Rancé, directora legal de Glovo, afirma que “desde Glovo estamos muy satisfechos con esta sentencia, dado que han entendido perfectamente nuestro modelo y esperamos que siente precedente en Europa y abra las puertas a resoluciones favorables en España”.