BlaBlaCar vuelve a ganar la demanda interpuesta por Confebús

La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación de Confebus contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 en febrero de 2017.

Comunicado oficial de Jaime Rodríguez de Santiago, director general para Iberia y Alemania de BlaBlaCar:

Siempre hemos sabido que BlaBlaCar era legal, que nuestros 5 millones de usuarios han viajado juntos y han compartido gastos y experiencias dentro de la legalidad. Y ellos también lo sabían. Sin embargo, en BlaBlaCar hemos tenido que convivir desde hace casi cinco años con la amenaza de la prohibición por las demandas presentadas por Confebús. Convivir con esa doble sensación no ha sido fácil, máxime cuando veíamos que el de España era un caso aislado, que en ninguno de los países de la Unión Europea se ha dado una situación semejante. Por eso este nuevo fallo a favor de BlaBlaCar nos llena de orgullo y nos provoca una inmensa alegría. La necesitábamos nosotros, como equipo de BlaBlaCar en España,  y también nuestra comunidad ya de cinco millones de usuarios que han hecho de viajar en coche compartido un hábito integrado en su día a día.

En BlaBlaCar siempre hemos basado nuestra defensa en lo que somos y, con ello, hemos negado categóricamente lo que no somos. Somos una red social, no un medio de transporte. Somos una red social de coche compartido que permite a sus miembros compartir los costes inherentes a un viaje sin que los conductores obtengan beneficio por ello. Somos una plataforma tecnológica regulada por la Directiva de los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico que permite poner en contacto a un conductor particular, a un conductor privado que tiene previsto realizar un viaje, con otra persona que tiene pensado realizar ese mismo trayecto, y así no viajar con asientos vacíos. Y todo ello, y con mayor contundencia que en la anterior sentencia, si cabe, ha sido reconocido y puesto de manifiesto en el fallo dictado.

Han sido cinco años de incertidumbre, sí, pero cinco años de alegrías: en enero de 2016, el Juzgado de lo Mercantil número 2 desestima ya las medidas cautelares presentadas por Confebús contra BlaBlaBar, y un año más tarde, en febrero de 2017, el mismo juzgado falla nuevamente a favor deBlaBlaCar en la demanda formal por competencia desleal.  Hoy, 21 de febrero de 2019, conocemos que BlaBlaCar vuelve a ganar la demanda de apelación presentada por Confebus ante la Audiencia Provincial de Madrid.  Una sentencia que deja claro que BlaBlaCar no es un sistema de transporte y que, además, establece una clara diferenciación entre modelos claros de economía colaborativa, como BlaBlaCar, frente a otros bajo demanda.

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