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Preguntas y respuestas sobre la propuesta de directiva en materia de copyrigth

Desde el año 2015, la aplicación en la Unión Europea de la Estrategia para el desarrollo del Mercado Único Digital, ha supuesto la aprobación, entre otros, del Reglamento para la portabilidad transfronteriza de los servicios de contenidos en línea. 

Debido a lo anterior, desde las instituciones europeas se ha venido desarrollando la regulación transfronteriza de los derechos de autor, culminando estos esfuerzos regulatorios en la publicación de la Propuesta de Directiva sobre Copyright. 

Clara Rodriguez, Letslaw

La propuesta de regulación del copyright: ¿A quién beneficiará?

La Directiva propuesta desde Europa sobre derechos de autor beneficiará a los usuarios europeos, quienes podrán acceder a más contenidos en línea y también a los autores y a otros titulares de derechos que, con la obtención de una remuneración por la distribución en línea de sus obras, contribuirán al desarrollo de la creatividad europea y a la producción de los contenidos creativos. 

¿Qué propone la nueva directiva europea en materia de derechos de autor?

La finalidad de esta propuesta es que todos los Estados miembros establezcan mecanismos de concesión de licencias que permitan el acceso y la difusión de obras fuera del circuito comercial y se garantice su efecto transfronterizo, favoreciendo así el acceso a los ciudadanos europeos a la difusión de mayores contenidos. 

Asimismo, la propuesta incluye también medidas destinadas a aumentar la transparencia y a equilibrar las relaciones contractuales entre los autores y artistas intérpretes o ejecutantes y las personas a quienes ceden sus derechos. 

¿Quiénes se verán afectados por esta nueva regulación?

La propuesta impone obligaciones a aquellos proveedores de servicios de la sociedad de la información que ocasionan un gran impacto en el mercado de los contenidos en línea, almacenando y facilitando el acceso público a una gran cantidad de contenidos protegidos por Derechos de autor. 

En el texto de la Directiva se propone también la regulación de los derechos de autor que pertenecen a las editoriales de prensa para las que se instaura un nuevo derecho con el objetivo de facilitar la concesión de licencias de sus publicaciones en línea, facilitando así el acceso de los ciudadanos europeos a una mayor información y favoreciéndose también la recuperación de la inversión por parte de las editoriales. 

¿Qué nuevos derechos ostentarán los editores de prensa?

Uno de los puntos más polémicos es el que se regula en el artículo 11 de la propuesta, que permitirá a los editores de prensa autorizar o prohibir la agregación e indexación digital de sus publicaciones, durante veinte años a contar desde el día de la publicación. 

Este artículo del proyecto afectaría a plataformas como Wikipedia y a los agregadores de noticias, fundamentalmente. 

¿Se impondrá en toda Europa el denominado ‘Canon AEDE’?

De acuerdo con el artículo 13, la nueva Directiva obligaría a los proveedores de servicios de la sociedad de la información, que almacenan y facilitan el acceso público a grandes cantidades de obras, a adoptar medidas adecuadas y proporcionadas para el reconocimiento de los contenidos almacenados, de tal forma que los autores u otros titulares de derechos pudieran conocer y definir la remuneración que les correspondería de la forma más concreta posible. 

Esta medida ha sido contemplada en otros antecedentes a nivel europeo en otros países como España y Alemania, en lo que se ha conocido como canon digital o “tasa Google”, y que ha afectado en estos países a la práctica del “press-clipping” o “recortes de periódico”. 

En el caso de que la Directiva propuesta fuera finalmente de aplicación, implicaría la extensión del conocido como canon AEDE a todos los países miembros de la Unión. 

Cabe recordar que este canon hizo desaparecer en España en el año 2014 la sección de “Google News”, siendo este punto, sin duda, el más polémico hasta el momento. 

¿Se regularán nuevos límites a los derechos de autor?

Las excepciones y limitaciones a los derechos de autor están armonizadas en la Unión Europea. Sin embargo, teniendo en cuenta la irrupción de nuevas modalidades de consumo de contenidos en línea, la seguridad jurídica de autores y consumidores de dichos contenidos, desde un punto de vista transfronterizo, no queda garantizada. 

La Comisión europea ha identificado, fundamentalmente, tres ámbitos de intervención: (i) los usos digitales y transfronterizos en la educación, siempre que la actividad docente no se desarrolle con fines comerciales; (ii) la minería de textos y datos en el campo de la investigación científica; y (iii) la conservación del patrimonio cultural. 

¿Afectará esta regulación a la libertad de expresión en la red y al internet abierto y plural?

Lo cierto es que la propuesta de Directiva ha ocasionado numerosas críticas por parte de los internautas, quienes consideran que, la adopción de nuevas medidas para garantizar el respeto a los derechos de autor en la red, implicará la utilización de herramientas tales como filtros de contenido y el pago de tasas, con la consiguiente repercusión que ello implicaría en los hábitos de consumo online. 

¿En qué estado se encuentra actualmente esta propuesta?

Hasta la fecha, existe una falta de acuerdo entre Francia y Alemania para eximir a las pequeñas empresas en materia de responsabilidad sobre el contenido protegido por derechos de autor. 

En los últimos días, y según algunas fuentes como el Grupo de Trabajo de Copyright y Derechos de Autor, podría haberse alcanzado un acuerdo al respecto de este asunto. 

Por otro lado, la Presidencia Rumana ha presentado su propuesta para la Directiva, y este texto se debatirá con los representantes de los Estados miembros en la reunión del Comité de Representantes Permanentes de los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea (COREPER I). 

Desde LETSLAW estaremos pendientes de cualquier novedad a propósito de este asunto, e informaremos sobre la adopción del texto final de la Directiva. 

Clara Rodríguez, Abogada de LETSLAW

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