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Multa histórica de 413 M€ a Booking por abusar de su posición de dominio

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Booking con 413,24 millones de euros por «abusar de su posición de dominio e infringir«, artículos de la Ley de Defensa de la Competencia y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Se trata de la multa más alta hasta la fecha.

En un comunicado, Competencia ha explicado que «la compañía ha cometido dos abusos de su posición de dominio desde, al menos, el 1 de enero de 2019 hasta la actualidad, al imponer varias condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España que emplean sus servicios de intermediación de reservas y restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea que ofrecen sus mismos servicios».

La multa dictada parte de una denuncia presentada en 2021 por la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid por abusar de su posición de dominio. La compañía tuvo una cuota de mercado que oscila durante el periodo investigado entre el 70 y el 90%.

En octubre de 2022, la CNMC inició un expediente sancionador cuya instrucción acredita que Booking.com cometió prácticas anticompetitivas. Entre las condiciones comerciales no equitativas impuestas a los hoteles situados en España, Competencia hace mención a «una cláusula de precios que impide ofertar sus habitaciones en sus propias webs por debajo del precio que ofertan en Booking.com, a la vez que Booking.com se reserva el derecho a rebajar unilateralmente el precio que los hoteles ofertan a través de la web o aplicación de Booking«.

También carga contra «varias cláusulas por las cuales solo tiene valor jurídico la versión en inglés de las Condiciones Generales de Contratación (GDT) de Booking.com, el Derecho aplicable a las GDT es el de los Países Bajos y los tribunales competentes son los de Ámsterdam en caso de conflicto entre las partes«.

Además, la CNMC acusa a la compañía de «falta de transparencia en la información sobre el impacto y rentabilidad de suscribirse a los programas Preferente, Preferente Plus y Genius«. «Estos programas permiten a los hoteles que los suscriban mejorar su posicionamiento en la clasificación predeterminada de resultados de Booking.com, a cambio de una comisión más alta o de ofrecer descuentos en la habitación más vendida o en la más barata que el hotel tenga en Booking.com«, aclara Competencia.

Por otra parte, le acusa de restringir la competencia que pueden ejercer otras agencias de viajes online competidoras mediante diversas fórmulas. Por ejemplo, el empleo del número total de reservas de un hotel a través de Booking.com como criterio de posicionamiento en la lista de resultados predeterminada de Booking.com. «Ello incentiva a los hoteles a concentrar sus reservas online únicamente a través de Booking.com, impidiendo que competidores puedan entrar o expandirse en el mercado«, asevera la CNMC.

El empleo, como criterio para acceder y permanecer en los programas Preferente y Preferente Plus, de un requisito de rendimiento basado fundamentalmente en la rentabilidad de cada hotel para Booking.com. «Ello promueve que los hoteles que quieran acceder o permanecer en los programas sigan una política de precios y de disponibilidad que les conduce a concentrar sus ventas en la plataforma, en perjuicio de otras agencias competidoras«, apostillan.

Sanciones y obligaciones 

Por todo ello, Competencia impone a Booking.com dos multas de 206.620.000 euros por cada una de las infracciones únicas y continuadas de abuso de posición de dominio. Además, le impone varias obligaciones de comportamiento para garantizar que ni las conductas que dieron lugar a las infracciones, ni otras que puedan producir un efecto equivalente, prosigan en el futuro.

Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

La CNMC ya cerró la puerta el pasado junio a la posibilidad de llegar a un acuerdo con la multinacional estadounidense para cerrar el expediente de la sanción.

Recurso de Booking.com

Por su parte, Booking.com ha confirmado su intención de recurrir ante la Audiencia Nacional Española la resolución definitiva anunciada este martes por la CNMC.

En un comunicado, la compañía dice no estar de acuerdo con la decisión final del organismo regulador y «tiene la intención de seguir los canales legales pertinentes para apelar esta decisión sin precedentes«. «Como Booking.com ha expresado anteriormente, la Ley de Mercados Digitales de la UE es el foro adecuado para discutir y evaluar estos temas porque permite acordar soluciones que se apliquen en toda Europa en lugar de país por país, como está haciendo la CNMC«, subrayan.

Asimismo, la empresa incide en que «opera en un sector altamente competitivo y en una industria caracterizada por un alto grado de opciones tanto para partners como para consumidores» y lamenta que «la decisión de hoy de la CNMC no tiene todo esto en cuenta y añade, en un contexto global, falta de coherencia para consumidores y socios de alojamiento en España«.

No obstante, la compañía reitera su compromiso con el mercado español, reafirmando que «sigue intacto«, pese a sentirse «decepcionados con las conclusiones de la decisión final de la CNMC«. «El éxito de nuestro negocio se basa en una asociación mutuamente beneficiosa y equilibrada con casi 200.000 hoteles y alojamientos en España y muchos más en todo el mundo. Nuestro objetivo es seguir siendo un catalizador para el crecimiento sostenible del turismo, la principal industria del país, y apoyar a todos nuestros socios -pequeños, medianos y grandes- para que puedan sacar el máximo partido a sus negocios«, concluyen.

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